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Piden a Ssa y Hospital General de México Reparación de Daños a Víctimas por Negligencia Médica

Por José Luna

*Una persona no fue atendida de padecimientos biliares y del páncreas en el Hospital Homeopático, por lo que le trasladaron al Hospital “Dr. Eduardo Liceaga” donde la operaron, pero se incurrió en omisiones que finalmente provocaron su fallecimiento

CxuNews / La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 138/2022 al titular de la Secretaría de Salud (SSA), Jorge Alcocer Varela; y a la directora general del Hospital General de México “Dr. Eduardo Liceaga”, Guadalupe Mercedes Lucía Guerrero Avendaño, por violaciones a los derechos humanos a la protección a la salud, a la vida y al acceso a la información en materia de salud, en agravio de una víctima de 54 años.

Su fallecimiento fue resultado de una mala prestación del servicio médico, atribuible a personal adscrito al Hospital Nacional Homeopático y al HGM ambos de la Ssa, en la Ciudad de México.

El 11 de febrero de 2021 la Comisión Nacional recibió una queja en que se manifestaba que personal médico del HGM  determinó que la víctima presentaba cálculos biliares y probable inflamación del páncreas; sin embargo, al no contar con espacio físico, fue referido al Hospital Nacional Homeopático, donde lo valoraron y le indicaron que no podían atenderlo porque presentaba neumonía y no contaban con camas suficientes para su hospitalización.

Personal de ese Organismo Nacional realizó llamadas telefónicas en diversas ocasiones a este nosocomio con la finalidad de solicitar atención médica urgente para la víctima, no obstante, nadie contestó. Por lo anterior, el 12 de febrero de 2021, la persona que presentó la queja trasladó a la víctima con sus propios medios al HGM, donde, el 13 de febrero, fue intervenido quirúrgicamente.

La quejosa consideró que al intervenir a la víctima no se le practicaron los estudios de laboratorio que permitieran emitir un diagnóstico adecuado, lo que tuvo como consecuencia que se agravara su estado de salud e incidió en su lamentable fallecimiento, ocurrido tres días despúes de la intervención.

Del análisis realizado a los hechos y evidencias que integran el expediente de queja, la Comisión Nacional contó con evidencias que permiten acreditar violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al acceso a la información en materia de salud de la víctima, atribuibles a personal médico ya que omitieron la adecuada atención que requería para su oportuno pronóstico, diagnóstico y tratamiento, con la consecuente pérdida de la vida.

Por lo anterior, emitió una serie de puntos recomendatorios en los que se solicita inscribir a la persona que presentó la queja en el Registro Nacional de Víctimas y se proceda a la inmediata reparación integral del daño, incluyendo la compensación justa en términos de la Ley General de Víctimas.

De igual forma, que se le otorgue atención médica y/o tanatológica que requiera y se colabore con los Órganos Internos de Control en la Ssa y en el HGM  en la presentación y seguimiento de la denuncia administrativa que la CNDH presente en contra de las personas servidoras públicas que atendieron a la víctima.

Asimismo, que se imparta un curso integral sobre capacitación y formación en materia de derechos humanos, cuyo contenido ayude a evitar que se repitan hechos como los descritos en esta Recomendación y se asegure que sea atendido por las personas servidoras públicas responsables de los hechos.

También recomendó se emitan dos circulares: en la primera se deberá instruir al personal directivo y médico del Hospital Nacional Homeopático y del HGM para que adopten medidas que permitan la adecuada integración de los expedientes, conforme a los dispuesto en la legislación nacional e internacional y en las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes.

Mientras que la segunda circular deberá exhortar, en los casos en que así proceda, a entregar copia de la certificación y recertificación que tramiten las personas servidoras públicas ante los Consejos de Especialidades Médicas, con la finalidad de que acrediten su actualización, experiencia, conocimientos y habilidades para brindar un servicio médico profesional para atender casos similares al que se describe.