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Emite CNDH Recomendación al INM por Uso Indebido de la Fuerza Pública en Chiapas

Por José Luna

*Lesionaron e inculparon a una persona en Tapachula, Chiapas, que filmaba su prepotente actuación en agravio de ilegales*Durante el proceso un juez decretó su inmediata libertad y la reparación integral del daño moral causado, que incluya la medida de compensación, además de que deberá proporcionarle la atención médica y psicológica que requiera.

CxuNews / Tras investigar y acreditar el sometimiento de una persona al uso desproporcionado e indebido de la fuerza pública y haberla retenido más del tiempo estrictamente necesario para ser puesta a disposición de la autoridad ministerial en hechos ocurridos en la ciudad de Tapachula, Chiapas, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 113/2023 al Instituto Nacional de Migración (INM).

El 6 de enero de 2022, personal de esta Comisión Nacional recabó la queja de la víctima, quien manifestó su inconformidad por su ilegal detención por parte de elementos del INM, e indicó que se encontraba transmitiendo, vía Facebook, en un parque, mostrando cómo personal del INM detenía a personas en contexto de migración.

Según lo dicho en la queja, cuando dichas personas servidoras públicas se percataron de que estaba transmitiendo, persiguieron a la víctima hasta que la detuvieron afuera de las oficinas de la Fiscalía General de la República (FGR); mientras que, personas migrantes que iban con ella en un auto la acusaron de haberles ofrecido transportarlas a cambio de dinero.

Posteriormente, los agentes aprehensores llevaron a la víctima sus oficinas, ubicadas en un lugar llamado “Las Vegas”, donde un médico le tomó la presión, así como sus datos generales, y la “acosaron” para realizarle una revisión corporal. En ese lapso no le dieron alimentos ni le permitieron ir al baño.

Después, la trasladaron a las instalaciones de la FGR hasta donde, alrededor de las 18:00 horas, llegaron unas personas que se identificaron, una como servidora pública del INM, y otra como agente federal, quienes le pidieron que entregara su bolsa “por las buenas o por las malas”. Ante la negativa de la víctima, forcejearon con ella, provocándole moretones en ambos brazos y sangrado en su nariz. Finalmente, lograron quitarle la bolsa y la pusieron a disposición de la FGR, en Tapachula, a las 18:10 horas.

Con motivo de los hechos ocurridos, el 6 de enero de 2022, la FGR inició una Carpeta de Investigación en la que se señaló a la víctima como imputada por su probable participación en la transportación por el territorio nacional de uno o varios extranjeros con el fin de evadir la revisión migratoria, con el objeto de obtener directa o indirectamente un lucro, hecho que la Ley señala como delito, y por lo cual, personas servidoras públicas de la FGR determinaron la retención de la víctima argumentando que se actualizaba la figura de flagrancia.

Mediante acuerdo del 8 de enero de 2022, la FGR decretó la libertad de la víctima durante la investigación por considerar que no ameritaba prisión preventiva oficiosa. El 29 de febrero de ese año, la Fiscalía determinó el no ejercicio de la acción penal por falta de elementos para procesar, y, hasta la fecha de elaboración de la Recomendación no se cuenta con constancias del inicio de algún procedimiento de responsabilidad administrativa relacionado con estos hechos.

Con el fin de investigar y analizar las probables violaciones en agravio de la víctima, el 26 de enero de 2022, la CNDH inició el expediente correspondiente y solicitó informes a la autoridad señalada como responsable y a otras en vías de colaboración.

A partir del análisis de las evidencias obtenidas, se acreditaron violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica, a la integridad y seguridad personal en su modalidad de derecho a no ser sometida al uso desproporcionado o indebido de la fuerza pública. Además, al retenerla de forma innecesaria por un lapso de cuatro horas y cuarenta minutos, sin ponerla a disposición del Ministerio Público, la víctima no gozó de un debido proceso. Aunado a lo anterior, personal del INM resultó responsable de haberle causado lesiones físicas, con lo cual se transgredió su derecho a la seguridad e integridad personal.

Con motivo de lo ya señalado, la CNDH solicitó al INM que colabore en la inscripción de la persona agraviada en sus derechos en el Registro Nacional de Víctimas, con el fin de que se proceda a la inmediata reparación integral del daño moral causado, que incluya la medida de compensación, además de que deberá proporcionarle la atención médica y psicológica que requiera.

También, se solicita que colabore con las autoridades investigadoras en el trámite y seguimiento de la denuncia administrativa que la CNDH presente ante el Órgano Interno de Control en el INM, contra las personas servidoras públicas implicadas en los hechos.

Además, deberá poner en marcha un curso de capacitación dirigido a las personas servidoras públicas de dicho Instituto, adscritas a las oficinas de representación en Tapachula, en particular a quienes participaron en los hechos. El curso deberá capacitarlos en los lineamientos de las detenciones que lleven a cabo, cuando adviertan posibles comisiones de delitos, así como en la inmediata puesta a disposición de las personas detenidas ante el Ministerio Público