Prevé INE Aprobar Marco Geográfico que Utilizará en Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación
De la Redacción
CxuNews / Queda de manifiesto la buena fe del Instituto en dar cumplimiento al mandato constitucional: Jorge MontañoLas comisiones Temporal del Proceso Electoral Extraordinario para la Elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación (PEEPJF) 2024-2025 y del Registro Federal de Electores del Instituto Nacional Electoral (INE) avalaron someter a aprobación del Consejo General, de manera precautoria, el Marco Geográfico Electoral que se utilizará en este proceso.
En sesión extraordinaria, el Consejero y presidente de la Comisión Temporal del PEEPJF 2024-2025, Jorge Montaño Ventura, aseguró que con este proyecto queda de manifiesto la buena fe del INE en dar cumplimiento al mandato constitucional de organizar este proceso electoral extraordinario.
Además, explicó que este marco geográfico electoral puede modificarse en función de algún cambio que pueda darse en el Poder Judicial de la Federación (PJF) respecto a su geografía.
Por su parte, el Consejero y presidente de la Comisión del Registro Federal de Electores, Arturo Castillo Loza, subrayó que este marco define esencialmente cuántos cargos se elegirán, en qué lugar o demarcación territorial y, por lo tanto, permite definir el número de cargos y candidaturas que contendrá cada modelo de boleta y, cruzado con la Lista Nominal, quiénes podrán votar por dichos cargos en cada demarcación.
“Es, en esencia, uno de los elementos fundamentales o uno de los cimientos de la organización de todo el proceso electoral”, enfatizó. Adicionalmente, Castillo advirtió que uno de los principales retos que enfrenta la definición de este marco geográfico electoral es que, en términos del artículo 511 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), el PJF podrá presentar una actualización de la geografía judicial en diciembre de este año.
El anteproyecto establece que el Marco Geográfico Electoral para la elección de personas ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ) y magistradas de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) será con base en la demarcación territorial de los 300 distritos electorales federales uninominales en que se divide el país y sus respectivas cabeceras distritales, a propuesta de la Junta General Ejecutiva (JGE).
Asimismo, en los resultados del proyecto de integración seccional 2023 y los resultados del reseccionamiento para algunas de las secciones que tuvieron casilla extraordinaria en el Proceso Electoral Federal (PEF) 2020-2021 y Procesos Electorales Locales (PEL) 2021-2022, así como los resultados del proyecto de reseccionamiento 2023-2024.
Para la elección de las personas magistradas que integrarán las Salas Regionales del TEPJF, se utilizará el Marco Geográfico Electoral aprobado por el Consejo General mediante Acuerdo INE/CG130/2023, en el que se definieron las cinco circunscripciones electorales plurinominales federales en que se divide el país y la capital de la entidad federativa que es cabecera de cada una de ellas, a propuesta de la JGE.
Finalmente, para el caso de magistradas y magistrados de Circuito, así como juezas y jueces de Distrito, la elección se realizará por circuito judicial.
En ese sentido, para la representación de los circuitos judiciales en la cartografía electoral, se observó lo previsto en la base primera, inciso b), fracciones V y VI de la Convocatoria para participar en la evaluación y selección de postulaciones de la elección extraordinaria 2024-2025 de las personas juzgadoras que ocuparán diversos cargos del PJF, así como los siguientes criterios:
- Conglomerados.
- Distribución de especialidades.
- Elección de máximo cinco mujeres y cinco hombres.
- Organización Electoral.
- Circuitos judiciales que comparten entidades.
El documento avalado por las comisiones unidas tiene el objetivo de establecer lineamientos provisionales y mecanismos de adaptación que permitan su implementación de manera eficiente, por lo que las disposiciones establecidas serán susceptibles de revisión y ajuste conforme a las modificaciones que el Consejo de la Judicatura Federal determine en materia de geografía judicial.